autoconsumo
para comunidades
Apuesta por la energía colectiva
Beneficios
Ahorro de la luz
Se reduce la factura de la luz y opcionalmente para los servicios comunes del edificio (ascensor, luces de la escalera, parking…).
Legislación instalaciones comunitarias
Según la ley de la propiedad horizontal, si un tercio de los propietarios votan a favor y se recoge en acta, se puede llevar a cabo la instalación por nuestro equipo de profesionales.
Recursos naturales
Se reducen en gran medida los niveles de contaminación ocasionados por la producción de energía eléctrica por medio de sistemas convencionales.
Revalorización
Aumenta el valor de la comunidad en general y de las viviendas que la integran.
Requisitos de las instalaciones para pertenecer al autoconsumo compartido
- Deben estar conectados al mismo centro de transformación y la distribución de energía debe ser en Baja Tensión (BT).
- La distancia máxima entre la planta fotovoltaica y cada uno de los participantes debe ser como máximo de 500 metros.
- El sistema de producción y los participantes de la instalación de autoconsumo compartido deben estar registrados en la misma referencia catastral.
- Se establecerá un acuerdo de reparto de la energía entre los consumidores asociados.
- Se realizará un acuerdo entre todos los participantes de la instalación/es del autoconsumo colectivo que fijará los criterios de reparto de la energía producida. Los criterios serán pactados entre los participantes y será comunicado a la distribuidora.
Asesoramiento
Nuestro departamento de ingeniería, conjuntamente con nuestro departamento legal, evaluará la mejor opción en función de las características de la comunidad.
Instalación
Contamos con instaladores propios para garantizar la calidad de la obra.
Financiación
Ofrecemos financiación, tramitación de ayudas, subvenciones y gestiones con la administración.
¡NOSOTROS NOS
ENCARGAMOS DE TODO!
Escríbenos si tienes alguna duda y te atenderemos lo antes posible.
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teléfono
931 44 31 68